El borrador de la Orden por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad para el curso 2023-2024 ha sido presentado por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional y el de Universidades a las comunidades autónomas y a la comunidad educativa, y será sometido a exposición pública para recibir las consideraciones y aportaciones de los colectivos interesados.
Este texto únicamente recoge “los cambios mínimos necesarios” para adaptar la prueba a la Ley de Educación (LOMLOE), así como a los nuevos currículos, puesto que, según ha recordado el departamento que dirige en funciones Pilar Alegría, “la implantación de la nueva EBAU queda aplazada hasta la formación de nuevo gobierno”, tal y como se comunicó el pasado mes de agosto. Uno de los aspectos más destacados de la Orden es que se mantiene el mismo número de materias a examen: la obligatoria de la modalidad y tres comunes (cuatro en el caso de las comunidades autónomas con lengua cooficial).
En concreto, los alumnos y alumnas que se presenten a la EBAU se examinarán de Lengua Castellana y Literatura II, Lengua Extranjera II y la asignatura específica obligatoria de la modalidad. En las comunidades con lengua cooficial, también lo harán de esa materia. En cumplimiento de la Ley educativa, los estudiantes tendrán que elegir si examinarse de Historia de España o Historia de la Filosofía.
Aquellos que deseen subir su nota de admisión también podrán examinarse de, al menos, otras dos materias de modalidad de segundo curso de Bachillerato. Asimismo, el alumnado podrá examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubiera cursado como materia común y la calificación podrá ser tenida en cuenta por las universidades en el proceso de admisión.
Las pruebas evaluarán el grado de adquisición de las competencias específicas de las correspondientes materias de los nuevos currículos a través de la aplicación de los criterios de evaluación recogidos en el Real Decreto que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, que constituirá el marco de referencia para determinar su contenido.
Por otra parte, el borrador de la Orden contempla que los exámenes de la convocatoria ordinaria deberán realizarse antes del 14 de junio y los resultados podrán publicarse, como máximo, dos semanas después. En el caso de la convocatoria extraordinaria, las comunidades autónomas que decidan organizarla en julio, deberán hacerlo antes del día 12 y publicar los resultados antes del 19. Si escogen septiembre, las fechas límite serán el 13 y el 20.